Cuantía de la prestación contributiva


Cuantía de la prestación contributiva

La cuantía de la prestación se calcula en función de las bases de cotización al desempleo de los últimos 180 días de trabajo cotizados, si bien está sujeta a unos mínimos y unos máximos, fijados anualmente por el IPREM (en función del IPC publicado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado -Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio], los cuales atienden a las circunstancias de responsabilidades familiares del solicitante, es decir, según si tiene hijos menores de 26 años, o mayores discapacitados, que dependan económicamente de él.

La cuantía de esta prestación se percibe una vez al mes y es, durante los primeros seis meses de protección, igual al 70% de la base cotización del trabajador en su anterior empleo, y del séptimo mes en adelante, del 50% de la base cotización.​ La cuantía de la prestación no puede ser superior a:

  • 1.087,21 euros, al mes si el perceptor no tiene hijos a cargo.
  • 1.400,00 euros al mes, si el perceptor tiene un hijo a cargo.
  • 1.600,84 euros al mes, si el perceptor tiene dos o más hijos a cargo.

Tampoco puede ser inferior a:

  • 497,01 euros al mes, si el perceptor no tiene hijos a cargo.
  • 664,75 euros al mes, si el perceptor tiene hijos a cargo.

El tiempo que una persona percibe la prestación por desempleo computa como tiempo cotizado de cara al cálculo de su pensión contributiva de jubilación, de ahí su carácter de «prestación contributiva».


Fuente: Wikipedia