Seguros de vida asociados a la formalización de hipotecas


Seguros de vida asociados a la formalización de hipotecas

Una modalidad específica del seguro de vida es cuando éste está asociado a la hipoteca (normalmente hipoteca inmobiliaria). Consiste en una póliza de seguro que cubre la deuda del préstamo hipotecario -que normalmente se suscribe en la compra de una vivienda- en caso de fallecimiento o incapacidad de la persona titular del seguro de vida hipotecario. Puede no ser obligatorio pero los bancos suelen exigirlo para la concesión del préstamo.

En principio el seguro de vida asociado a una hipoteca cubre la cantidad pendiente del préstamo pero las modalidades del seguro de vida hipotecarios son mucho más amplias. Los bancos, muchas veces de manera unilateral, modifican las claúsulas (cláusulas en algunos casos abusivas como las cláusulas suelo, sobre los tipos de interés de referencia así como las cláusulas de gastos sobre la formalización de la hipoteca) en función de sus intereses, del riesgo del deudor, de los plazos previstos de amortización, etc.

Cuando se formaliza el contrato de compraventa de la vivienda se realiza a la vez el contrato de préstamo hipotecarios (hay dos escrituras notariales) y también a la vez se contrata la póliza del seguro de vida

Habitualmente la denominada póliza de seguro de vida hipotecaria es que sea una prima anual que debe recalcularse ya que de un año a otro el capital pendiente (que será el que aseguremos) disminuirá -sobre todo si realizan amortizaciones-, pero a la vez el riesgo del seguro aumenta ya que la edad de la persona aumenta y por tanto la posibilidad de su fallecimiento.

Seguros de vida hipotecario por la duración de la prima

Los seguros de vida asociados a la hipoteca pueden clasificarse por la duración de la prima del seguro de vida hipotecario, lo habitual es que sea de prima anual (se revisa anualmente), pero puede ser de prima única (duración de todo o la mayor parte del crédito) y también y mensual -práctica muy poco habitual-.

Seguro de vida hipotecario de prima anual

Es el más habitual. La prima o cuota se paga anticipadamente cada año y cada año se revisa el coste en función del capital pendiente y de la edad del asegurado. La prima -si el seguro de vida es de capital pendiente- disminuye cada año ya que disminuye el capital pendiente de pago (aunque también aumenta el riesgo por el aumento de la edad) y disminuirá proporcionalmente a las amortizaciones de capital que puedan realizarse.

Seguro de vida hipotecario de prima única

Habitualmente cuando se realiza el contrato de compraventa de la vivienda se realiza a la vez el contrato de préstamo hipotecarios (hay dos escrituras notariales) y también a la vez se contrata la póliza del seguro de vida pagándose la prima anticipadamente por un número de años -5, 10 o 15- que puede o no cubrir todos los años del préstamo.

Seguros de vida hipotecario por el capital asegurado

Seguro de vida hipotecario de capital pendiente

Es el más habitual y el que más beneficia al asegurado ya que ve disminuida la prima año a año. En este caso el seguro se actualiza cada año en función de la deuda pendiente con el banco. Al ser el capital asegurado cada vez menor el coste bajará, aunque al subir el riesgo de la edad se irá compensando, pero al menos el precio permanecerá estable a lo largo de los años.

Este tipo de seguro es especialmente recomendable cuando se tiene previsto realizar amortizaciones parciales ya que cuando anualmente se revisa la póliza la prima bajará y por tanto el coste será sustancialmente menor.

Seguro de vida hipotecario de capital total

La cantidad del seguro de vida hipotecario no varía y es constante en el tiempo coincidiendo con la cantidad inicial facilitada por el prestamista -el banco-.

Esta modalidad supone que aunque disminuya el capital pendiente no se reduce la prima o cuota. Si se produce el fallecimiento -hecho causante que activa el seguro- el banco debería quedarse solamente con la cantidad pendiente del crédito y el resto de la cantidad percibida por el seguro lo debería cobrar el asegurado o sus herederoos. Hay que prestar especial atención a las cláusulas, que pueden ser cláusulas abusivas, y que garantizarían que toda la cantidad la percibiera el banco cuando hemos estado pagando nosotros por dicho seguro. Además en este caso al aumentar la edad del asegurado se incrementa el riesgo y la prima o cuota puede incrementarse año a año en vez de disminuir como en el caso del seguro de vida de capital pendiente.

Seguro de vida hipotecario individual y compartido

La compra de la vivienda puede llevarse a cabo por una o más personas por lo que el cálculo del seguro se hace más complejo. En el caso de dos personas pueden asegurar el capital a partes iguales -al cincuenta por ciento- para lo que habrá que realizar dos seguros por las cantidades aseguradas -la mitad del préstamo-. Cada seguro tendrá un titular y un riesgo o prima diferente -en función del sexo y edad del tomador-. Si uno muere el otro tendrá que hacerse cargo de su parte solamente. Sin embargo a veces es conveniente -si una de las personas no trabaja o tiene pocos ingresos- cubrir el 100% en caso de fallecimiento o incapacidad de uno de los dos miembros de la pareja para así proteger al que no tiene ingresos o tiene pocos. También se pueden repartir las cargas proporcionalmente a los ingresos reales.


Fuente: Wikipedia