Seguros por Grandes Riesgos


Seguros por Grandes Riesgos

Se consideran grandes riesgos según la Ley:

  1. Los de vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas, la responsabilidad civil en vehículos aéreos, marítimos, lacustres y fluviales.
  2. Los de crédito y de caución cuando el tomador ejerza a título profesional una actividad industrial, comercial o liberal y el riesgo se refiera a dicha actividad.
  3. Los de vehículos terrestres no ferroviarios, incendios y elementos naturales, otros daños a los bienes, responsabilidad civil en vehículos terrestres, responsabilidad civil en general y perdidas pecuniarias cuando superen los límites establecidos en la Ley.

Fuente: Wikipedia

David
Author: David

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