Viviendas VPO en venta
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Informe para venta de viviendas VPO/VPP | Comunidad de Madrid
¿Qué son las Viviendas de Protección oficial (VPO)?
Las VPO (viviendas de protección oficial) son de nueva construcción y están financiadas por las administraciones. Su precio, por tanto, es más asequible que el de las viviendas libres, ya sean nuevas o usadas. Las casas y pisos de VPO cumplen unas características específicas, como las dimensiones, que oscilan entre los 70 y 90 m2 y el precio máximo de venta o renta, calculado e impuesto por la Administración a través de la “calificación provisional” que se otorga antes del proyecto y la “calificación definitiva”, llevada a cabo tras su finalización.
Existen casas y pisos de VPO para comprar y alquilar. No obstante, para poder acceder a la compra o alquiler de un tipo de vivienda protegida será necesario cumplir con unos requisitos mínimos generales y específicos, valorados en función de cada promoción.
Entre los puntos a favor de las casas y pisos de VPO, hay que subrayar su precio, sensiblemente más bajo que el de las libres, además de poder beneficiarse de ayudas financieras que proporciona el Estado y/o las comunidades autónomas, como serían las ayudas a la entrada, préstamos, subsidiación de préstamos, etc.
Como desventajas, hay que tener presente que una vivienda de protección oficial debe destinarse a domicilio habitual del comprador y no puede venderse libremente hasta que no haya pasado un plazo marcado por la administración correspondiente, que suele situarse en torno a los 10 años de media.
En términos generales, para poder optar a una vivienda VPO, los ingresos de los compradores o inquilinos no deben superar unos mínimos establecidos por la Administración. El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo, fijado anualmente por el Consejo de Ministros, indica que en 2018 el ingreso máximo de los solicitantes corresponde a 6.454,03 € al año.
Además, existen unos requisitos adicionales marcados por las comunidades autónomas correspondientes:
- No tener una vivienda libre en propiedad.
- Estar inscritos en un registro público de demandantes de viviendas de protección oficial, gestionado por cada región.
- No haber conseguido ayuda en financiación pública de viviendas, en los últimos 10 años.
- No haber recibido una concesión de una VPO con anterioridad, a no ser que se demuestre que se trata de una vivienda inapropiada para las circunstancias familiares o personales.