Pasos para formar y constituir legalmente una Asociación


Pasos para formar y constituir legalmente una Asociación

1. Acuerdo de Constitución

Las asociaciones se deben constituir mediante el acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades principalmente de interés general o particular. Dicho acuerdo de constitución se debe formalizar mediante el acta fundacional y así con el otorgamiento del acta la asociación adquiere la personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar.

2. Acta Fundacional

El acta fundacional es básicamente un documento en el que los fundadores exponen su voluntad de constituir una asociación. A continuación te detallamos lo que debe contener:

  • El nombre y apellidos de los promotores de la asociación si son personas físicas, la denominación o razón social si son personas jurídicas, y, en ambos casos, la nacionalidad y el domicilio.
  • La voluntad de los promotores de constituir una asociación, los pactos que, en su caso, hubiesen establecido y la denominación de ésta.
  • Los Estatutos aprobados que regirán el funcionamiento de la asociación.
  • Lugar y fecha de otorgamiento del acta, y firma de los promotores, o de sus representantes en el caso de personas jurídicas.
  • La designación de los integrantes de los órganos provisionales de gobierno.

Para el caso de personas jurídicas, el acta fundacional deberá estar acompañada de una certificación del acuerdo válidamente adoptado por el órgano competente, en el que aparezca la voluntad de constituir la asociación y formar parte de ella y la designación de la persona física que la representará; y, en el caso de las personas físicas, la acreditación de su identidad.

Puedes acceder a un modelo de acta fundacional y el resto de modelos para la inscripción de la Asociación desde este enlace del Ministerio del Interior.

3. Estatutos

Los Estatutos deberán contener la información siguiente:

  • Denominación (cómo se va a llamar la Asociación)
  • El domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades
  • La duración (si es que vuestra asociación tiene un tiempo definido, en caso contrario será indefinido)
  • Describir de la forma más concreta posible los fines y actividades de la asociación
  • Los requisitos y modalidades de admisión y baja, sanción y separación de los asociados y, en su caso, las clases de éstos. Podrán incluir también las consecuencias del impago de las cuotas por parte de los asociados
  • Los derechos y obligaciones de los asociados y, en su caso, de cada una de sus distintas modalidades
  • Los criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la asociación
  • Los órganos de gobierno y representación, su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día
  • El régimen de administración, contabilidad y documentación, así como la fecha de cierre del ejercicio asociativo
  • El patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso
  • Causas de disolución y destino del patrimonio en tal supuesto, que no podrá desvirtuar el carácter no lucrativo de la entidad
  • Cualquier otra información relevante, que no se oponga a las leyes ni a la propia constitución de la asociación

Consulta todos los detalles en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.